Declaración anual ante el SAT
Te ayudamos a revisar y presentar tu declaración anual con base en tus ingresos, deducciones, CFDI, retenciones y pagos realizados durante el ejercicio.
Esta página forma parte de nuestra guía de declaraciones. Si no sabes si necesitas una anual, mensual u otra obligación fiscal, empieza por el diagnóstico general.
Ver todas las declaraciones →La declaración anual concentra información de todo un año
La declaración anual permite determinar o informar al SAT el resultado fiscal del ejercicio según el tipo de contribuyente y régimen. En ella pueden intervenir ingresos, deducciones, retenciones, pagos provisionales, CFDI y otros datos que el SAT ya tiene precargados o que deben validarse.
Para personas físicas, la obligación depende del tipo y monto de los ingresos y de otros supuestos. Para personas morales, la declaración anual forma parte del cumplimiento ordinario, aunque la fecha y el formulario dependen del régimen y situación de la empresa.
¿Debo presentar declaración anual?
Responde unas preguntas sencillas. Al terminar podrás enviar el resultado a un contador junto con tus datos de contacto.
Revisemos tu situación
No necesitas saber de impuestos para responder.
La obligación no es igual para todos
Estos son algunos de los supuestos más comunes. La situación exacta debe revisarse con el régimen y los ingresos reales del ejercicio.
La obligación depende de cómo obtuviste tus ingresos
Entre los casos frecuentes se encuentran personas con actividad empresarial o profesional, arrendamiento, ciertos ingresos por salarios, intereses, dividendos, enajenación de bienes y otras fuentes.
- Más de una fuente de ingresos
- Honorarios o actividad empresarial
- Arrendamiento de inmuebles
- Determinados supuestos de salarios
- Intereses, dividendos o venta de bienes
Las empresas deben preparar el cierre fiscal del ejercicio
La declaración anual de una persona moral requiere revisar la información contable y fiscal acumulada durante el año antes de presentar el resultado correspondiente.
- Ingresos y deducciones del ejercicio
- Pagos provisionales
- Retenciones e impuestos relacionados
- Nómina y CFDI emitidos o recibidos
- Estados financieros y cuentas fiscales, cuando correspondan
Lo precargado por el SAT también debe revisarse
Que un dato aparezca automáticamente en la declaración no significa que debas aceptarlo sin validar. Conviene comparar ingresos, retenciones, CFDI, pagos provisionales y demás información con tus registros.
En personas físicas también es importante revisar las deducciones personales y su documentación cuando se pretende disminuir la base anual o solicitar un saldo a favor.
¿Qué analizamos antes de presentarla?
El alcance depende de si eres persona física o moral, tu régimen y las operaciones del ejercicio. Estos son algunos de los puntos que pueden formar parte de la revisión.
Ingresos acumulados
Comparamos la información fiscal disponible con los ingresos que efectivamente deben considerarse en la declaración.
Facturas y comprobantes
Revisamos CFDI relevantes para detectar diferencias entre la documentación y la información precargada.
Deducciones aplicables
Validamos deducciones autorizadas o personales según el tipo de contribuyente y el caso.
ISR retenido
Verificamos retenciones que puedan intervenir en el cálculo anual y su correspondencia con los comprobantes.
Pagos provisionales
Contrastamos los pagos realizados durante el ejercicio contra la información considerada en la anual cuando corresponda.
Saldo a favor o a cargo
Revisamos el resultado antes del envío y los pasos posteriores que puedan ser necesarios.
¿Saldo a favor o saldo a cargo?
El resultado depende de los ingresos, deducciones, retenciones, pagos provisionales y reglas aplicables a tu situación.
Cómo revisamos tu declaración anual
El procedimiento se adapta al tipo de contribuyente y a la complejidad del ejercicio.
Identificamos tu obligación
Revisamos tipo de contribuyente, régimen, ingresos y ejercicio que necesitas declarar.
Reunimos información
Solicitamos únicamente los documentos y accesos necesarios para realizar la revisión.
Validamos el cálculo
Contrastamos precargas, CFDI, pagos, retenciones y demás datos relevantes.
Presentamos y damos seguimiento
Una vez validada la información se presenta la declaración y se revisa el resultado obtenido.
¿El plazo ya pasó y todavía no la presentas?
No conviene enviar una declaración atrasada sin revisar primero los periodos, pagos y posibles diferencias que existen en tu situación fiscal.
Cuando además hay otras obligaciones omitidas, requerimientos o varios ejercicios pendientes, el caso puede necesitar una revisión más amplia.
Consulta nuestro servicio de regularización fiscal para revisar obligaciones pendientes antes de corregir.
Continúa según el tipo de ayuda que necesitas
La declaración anual es solo una parte de las obligaciones fiscales que puede tener un contribuyente.
Declaraciones de impuestos
Identifica qué declaraciones podrían corresponderte según tu régimen, actividad y situación.
Ver guía de declaraciones →Contador para personas físicas
Si además necesitas apoyo con contabilidad, impuestos o SAT durante el año, revisa este servicio.
Ver servicio →Contador para empresas
Para empresas que necesitan seguimiento contable y fiscal recurrente, no solo la declaración anual.
Ver servicio →¿Quieres que un contador revise tu declaración anual?
Déjanos tus datos. Si utilizaste el diagnóstico, el resultado se agregará automáticamente a tu solicitud para que podamos entender mejor tu caso.
También puedes escribir brevemente qué necesitas revisar o qué resultado te aparece en el SAT.
Primero revisamos tu caso y después te indicamos qué información será necesaria.
Dudas sobre la declaración anual
¿Cuándo se presenta la declaración anual?
Para personas físicas, la regla general es presentarla durante abril del año siguiente al ejercicio que se declara. En personas morales, el plazo depende del régimen y situación de la entidad; de forma ordinaria la presentación se realiza durante los primeros meses del año siguiente.
¿Todos los asalariados deben presentar declaración anual?
No. Existen supuestos específicos que obligan a ciertos trabajadores a presentarla, por ejemplo por monto de ingresos, número de empleadores u otros ingresos. También hay casos en los que una persona no obligada puede decidir presentarla.
¿Si soy RESICO persona física debo presentar declaración anual?
Las reglas vigentes pueden relevar a ciertas personas físicas de RESICO cuando cumplen los supuestos aplicables y consideran sus pagos mensuales como definitivos. Por eso conviene revisar el ejercicio y la regla vigente antes de asumir que debes o no presentarla.
¿Qué necesito para presentar mi declaración anual?
Depende de tu situación. Normalmente se revisan RFC, acceso al SAT, CFDI, ingresos, deducciones, retenciones y pagos del ejercicio. Si existe saldo a favor también puede ser necesario validar una cuenta bancaria a nombre del contribuyente.
¿Qué pasa si tengo saldo a favor?
En personas físicas, cuando el saldo procede y se cumplen los requisitos, puede solicitarse devolución. El resultado debe revisarse antes del envío, especialmente cuando existen deducciones, diferencias o información precargada que no coincide.
¿Pueden revisar una declaración antes de que yo la envíe?
Sí. Podemos revisar la información del ejercicio y el cálculo antes de presentar la declaración para detectar diferencias que sea mejor aclarar previamente.
¿Pueden ayudarme si mi declaración anual está atrasada?
Sí. Si únicamente falta la anual podemos revisar ese ejercicio; si existen varias obligaciones omitidas o diferencias ante el SAT, puede ser más conveniente realizar primero un diagnóstico de regularización fiscal.
